Recientemente el Tribunal Europeo dictó una sentencia que permitía ceder juegos digitales de segunda mano a cambio de dinero u otros pagos, como un juego por otro. A efectos prácticos, venía a decir que de ahora en adelante es legal vender juegos digitales de segunda mano. ¿Cómo de lícito puede ser esto?¿Estamos ante un desbarajuste en el mercado gamer?¿»Piratería» legal?
Pongamos un ejemplo: yo he terminado mi copia digital de Skyrim (en PC) y no creo que vaya a volver a jugarlo, en vez de dejarlo en el disco duro criando polvo (digital) voy a una página X y lo ofrezco de segunda mano a 15 euros. El caso es que si otra persona lo quisiera, me da el dinero y el juego se le transfiere a su cuenta, al mismo tiempo y cumpliendo la ley, yo lo he borrado de mi disco duro.
El punto 70 de la sentencia dice: En efecto, el adquirente inicial que procede a la reventa de una copia material o inmaterial de un programa de ordenador respecto de la que se ha agotado el derecho de distribución correspondiente al titular de los derechos de autor, conforme al artículo 4, apartado 2, de la Directiva 2009/24, debe, para no violar el derecho exclusivo a la reproducción de un programa de ordenador que corresponde al autor de éste, previsto en el artículo 4, apartado 1, letra a), de dicha Directiva, hacer inutilizable su propia copia en el momento de la reventa de ésta. Ahora bien, en una situación como la descrita en el apartado anterior, el cliente del titular de los derechos de autor seguirá utilizando la copia del programa de ordenador instalada en su servidor y, por tanto, no la hará inutilizable.
Lo anterior es lo que pasaría en un mundo ideal, pero desafortunadamente no vivimos en tal mundo de fantasía, ya que las distribuidoras de juegos digitales como Steam (Valve) u Origin (EA), por no mencionar las propias Sony y Microsoft, prohíben tanto la venta de segunda mano de juegos digitales como compartirlos con otros usuarios de las mismas plataformas.
Esto les deja en una situación bastante inesperada en territorio europeo, en la cual o se adaptan a las normas del juego o se tendrán que ir de vuelta a los Estados Unidos, dejando tras de sí uno de los mercados de videojuegos más importantes del mundo, por no decir el que más.
Sin embargo, esto me causa temor ante la posibilidad de: ante un arrebato de dignidad o la negativa a implementar dichos sistemas por parte de las compañías de videojuegos, el resultado sea la marcha de sus plataformas de suelo europeo.
Pero el rechazo de las compañías hacia la segunda mano en el mercado digital no es infundado ya que, probablemente, temen que gracias a este posible nuevo sistema de ventas, los usuarios en vez de comprar los juegos en sus propias plataformas los intercambien entre ellos, pues la sentencia en ningún momento cerraba la puerta al mundo feliz de una utopía.
Personalmente veo en la sentencia un arma de doble filo; por un lado, abre la puerta a nuevas opciones de compra digital, pero por otro, también podría provocar la huída de las compañías del mercado europeo. Incluso peor para el consumidor, el aumento de los precios de los juegos digitales para suplir la falta de ingresos provocados por el mercado de segunda mano. Esto es muy fácil de tener el ejemplo: el canon digital.
En cualquier caso, esta sentencia no es del todo negativa, pues puede suponer un gran paso, a falta de saber cómo se desarrollarán los acontecimiento. Por el momento no se sabe demasiado sobre este sistema de venta, cómo se implementará y dónde estarán los límites. No sea que ocurra como en la casa de subastas de Diablo III en la que Blizzard se queda con un 15% de los beneficios de cada transacción.
Este texto refleja únicamente la opinión del autor y no necesariamente la de Ramen Para Dos, o de sus integrantes.
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